lunes, 20 de febrero de 2023

EL SERVICIO DE ATENCIÓN A DOMICILIO (SAD) DE XIXÓN: ¿ES POSIBLE QUE SEA PÚBLICO?

 

El Servicio de Atención a Domicilio (SAD) de Xixón: ¿es posible que sea público?

 María Pazos Morán[1]

 1.- Proceso fallido de remunicipalización: así se escribe la historia… 

El 26 de octubre de 2016, el Pleno del Ayuntamiento de Xixón aprueba por mayoría absoluta la proposición del Grupo Municipal Xixón Sí Puede relativa al Servicio de Ayuda a Domicilio (en adelante SAD), que incluía los siguientes puntos:

1. “Se inicie el proceso de remunicipalización del servicio de ayuda a domicilio, para que éste sea de gestión pública, una vez finalice el contrato con las empresas Eulen y Azvase actualmente vigente.”

2. “Se lleve a cabo la subrogación de todas las trabajadoras del servicio y la mejora en sus condiciones laborales.”

El Pleno decidió también crear una comisión especial que hiciera los estudios e informes pertinentes para ese proceso de remunicipalización.

 En dicha comisión, el equipo de gobierno del Ayuntamiento presentó un Informe de la Dirección General Económico-Financiera e Intervención donde calculaba que la prestación del servicio por parte del Ayuntamiento resultaría mucho más cara que por parte de las empresas y concluyendo que no sería posible por razones de sostenibilidad financiera.

 El grupo municipal XsP contestó con un Contrainforme impugnando esos cálculos y defendiendo que la remunicipalización sería más eficiente y sostenible. Después se sucedieron otro Informe y otro Contrainforme. Y después nada. Silencio. Nuevas adjudicaciones a empresas y hasta ahora.

 En este documento vamos a analizar los cálculos del Informe del equipo de gobierno (en adelante “Informe”), tomando algunos datos del Contrainforme del grupo municipal XsP (en adelante “Contrainforme”).

 La motivación de este análisis es que, de entrada, resulta extraña la conclusión de que remunicipalizar (es decir, prestar el servicio desde una empresa municipal) es más caro que encargar el servicio a unas empresas privadas. Es extraña porque, aunque estas empresas privadas fueran ejemplares, hay por medio IVA (4%) y beneficio empresarial (actualmente 6%). Además, la relación con las empresas, los procesos de adjudicación periódica, control, etc., es un trabajo añadido que se eliminaría con la prestación directa. Por último, la prestación directa se beneficiaría de la estabilidad y de la economía de escala que supone un mismo prestador del servicio en lugar de dos, tres o más empresas privadas que pueden cambiar cada dos, tres o cuatro años; y estos aspectos también reducen costes, aumentando la eficiencia y la sostenibilidad.

 ¿Cómo es posible entonces que el Informe realice esos cálculos y llegue a esas conclusiones? Avanzaremos el secreto: en primer lugar porque parte de una estimación de costes para las empresas superiores a lo que estas empresas facturaban, lo cual es por definición imposible; lo más extraño es que la Comisión no reparara en ello. Y, en segundo lugar, porque los sobrecostes de la prestación directa que añaden son desproporcionados e injustificados.

 ¿Cómo es posible que una decisión democrática del pleno se revierta en base a estos cálculos? Esta pregunta queda para el debate.

 2.- Los cálculos del equipo de gobierno del Ayuntamiento: ¿remunicipalizar es ineficiente e insostenible?

 2.1) los costes para las empresas en 2016 según el Informe:

 Antes de analizar las estimaciones del coste que supondría pasar a la gestión directa, veamos qué información nos proporcionan el Informe y el Contrainforme sobre la gestión por parte de las empresas en 2016, tanto en lo que se refiere a costes como al respeto o de los derechos de las personas trabajadoras y usuarias del servicio.

 - Coste de la plantilla de auxiliares (pág. 13):  a la sazón había 218 auxiliares, el equivalente a 168 a tiempo completo. Según el informe, teniendo en cuenta que según el convenio el sueldo de Auxiliar de Ayuda a Domicilio era de 13,666,94 euros/año, y sumando antigüedad, costes sociales y cantidades para suplementos por trabajo en festivos, “el coste de la plantilla actual asciende a 3,340,000 euros/año”.

- Coste del personal coordinador: en 2016, entre las dos empresas dedicaban el equivalente a: un responsable de coordinación, cinco coordinadores y un auxiliar administrativo. El Informe estima que “si se subrogan con sus retribuciones actuales el coste sería 182,000 euros anuales”. Por tanto, asumimos que esas eran sus retribuciones.

 La facturación de las empresas fue 3,404,018 euros con IVA, lo que supone ue tuvieron unos ingresos netos 3.273,095 (descontando el 4% del IVA). Con ello: 

Comparación de los costes directos estimados por el Informe y los beneficios de las empresas en 2016

Coste auxiliares

3,340,000

Coste personal coordinador

182.000

Total costes directos (1)

 

3,522,000

 

Ingresos de las empresas (descontando IVA) (2)

3,273,095

¿Cómo es posible que solamente los costes directos ya sean mayores que los ingresos?

 En cuanto a los costes indirectos, el Contrainforme de XsP estima algunas partidas:

- Vestuario y material de protección: 21.000 euros según convenio

- Transporte (kilometraje): 43.200 euros

- Formación ofertada por las empresas: 5.000 euros mínimo

- Medios técnicos: Eulen ofreció material por valor de 8.000 euros; AZVASE ofreció tablets que el informe de XsP valora en 17 euros/mes cada una en régimen de renting. Si repartimos las 218 trabajadoras que había en total entre las dos empresas proporcionalmente a las horas facturadas por cada una, las 94 trabajadoras aprox, que estarían contratadas por AZVASE deberían tener tablets por un valor total de 19,176 euros anuales.

En conclusión, los costes indirectos para las empresas serían como mínimo:

Vestuario

21,000

Transporte

43,200

Formación

5,000

Medios técnicos

27,000

Total (sin contar gastos generales)

96,200

 Finalmente, sumando costes directos e indirectos, si las empresas cumplieran con el convenio y con las condiciones de sus contratos, el coste para estas sería como mínimo de 3,618,200 euros anuales, un 10,5% mayor que los ingresos.

Así que, o los costes de personal calculados por el Informe del Ayto están por encima de la realidad, o las empresas no respetan el convenio y las prestaciones ofrecidas, o ambas cosas.

 2.2) Los costes que tendría la prestación del servicio por el Ayto (gestión pública) según el Informe

 Costes directos:

a) Auxiliares:

El Informe asume que se tendrían que aplicar al personal subrogado las condiciones de jornada y permisos del personal del Ayto: 1620 horas anuales menos 100 por permisos de conciliación menos 54 por incremento del descanso dirario (de 15 a 30 min.). Como, según el convenio actual del SAD, la jornada es de 1758 horas anuales, calcula que eso supone un incremento del personal del 20% para cubrir las mismas horas (sin contar diferencia en otros permisos y licencias).

Así que concluye: “el coste de la plantilla actual asciende a 3,340,000 euros/año, que incrementado en un 20% supone un coste final de 4,008,000 euros”

b) Personal coordinador: El informe, como decimos, no refleja el coste según el convenio vigente para esas personas trabajadoras, pero sí estima que si se subrogan con sus retribuciones actuales el coste sería 182,000 euros anuales. Así que asumimos que esa es la estimación.

 Costes indirectos:

- Aumento del personal coordinador: el Informe estima que “a estos trabajadores se necesita un incremento de personal debido a la carga de trabajo del personal municipal para la gestión de este servicio desde su estructura con las categorías y distribución siguientes: un jefe/a de sección, dos titulados medios, un técnico programador y dos administrativos” (total: 6 personas más, además de las ya dedicadas por las empresas, que son 7).

El Informe dice que estas 6 personas más se necesitan porque “en un primer momento se incrementan el número de nóminas, contratos, permisos, formación, equipos informáticos, mantenimiento de programas… etc. Además será necesario una dirección y control del servicio…. El coste anual de este personal sería 230,000 euros”. (no explica cómo ha llegado a esa cantidad que se necesita “en un primer momento” ni a lo largo de cuántos años la ha distribuido).

- Telefonía y medios informáticos específicos: 18,231,07 (la opción más barata que propone).

- Vehículos: Ayto tendría que proporcionar 18 nuevos vehículos, que supondrían 111,706,56 euros anuales. Actualmente las trabajadoras utilizan su vehículo propio y en 2016 se les pagaba a 0.24 euros por kilómetro. Se estima en el Informe que se hacían10.000 kilómetros por vehículo al año, con lo que el coste para las empresas en 2016 por el pago de los kilómetros a las trabajadoras era 43.200 euros anuales.

- Vestuario: el coste para el Ayto sería de 40,992 euros. No se detalla esta estimación. XsP, en su Contrainforme, estima que lo estipulado en el Convenio suponía aproximadamente 21.000 euros para las empresas.

 En resumen: Las estimaciones del Informe sobre el coste anual que tendría la prestación directa son:

Costes directos

Personal coordinador

182,000

Personal prestador del servicio

4,008,000

Costes indirectos

Incremento de plantilla Ayuntamiento

230,000

Telefonía y medios informáticos

18,231

Transporte

111,707

Vestuario

40,992

Total (euros anuales)

4,590,929

 Esto siempre en el caso que llaman opción 1 (subrogación de las trabajadoras con sus retribuciones actuales pero con condiciones de jornada y permisos del Ayuntamiento). Otras opciones costarían respectivamente 5.170,929 y 7,138,929.

 Estas estimaciones son discutibles. En primer lugar, para estimar los costes directos se toma como base las cifras de costes directos en los que estarían incurriendo las empresas. Pero, como hemos visto, esas cifras por sí solas, ya están por encima de los ingresos totales de las empresas, lo cual es imposible.

 En cuanto al incremento de plantilla del Ayuntamiento que el Informe estima necesario, no lo vemos justificado. Es cierto que todo cambio necesita una adaptación, y eso tiene un coste inicial, pero eso le sucede a cada nueva empresa adjudicataria del servicio. Por otro lado, las empresas también tienen que hacer nóminas, contratos, etc. La cuestión es: ¿la gestión directa incrementa el trabajo total de coordinación y control? Suponer que sí equivale a pensar que hay que controlar más a las trabajadoras y/o que a las empresas no había que controlarlas (de hecho, el Informe no considera que el Ayuntamiento esté dedicando personal a estas tareas). Sin embargo, la realidad es que las empresas a veces no cumplen con sus obligaciones. Con la remunicipalización se eliminaría este intermediario con ánimo de lucro, y con ello la necesidad de controlar que ese lucro no redunde en la erosión de los derechos de las trabajadoras y de la calidad del servicio. Por todo esto,  por las razones que se explican en el apartado 1, la prestación directa simplificaría el trabajo.

 La telefonía se estima en una cantidad menor de la que las empresas ofrecían en 2016 (¿ofrecían o también proporcionaban efectivamente?), porque solo se prevé un teléfono simple. Si el Informe prevé que lo necesario es un teléfono simple, ¿por qué se paga a las empresas por medios que no son necesarios? Para el transporte, el Informe considera necesario proporcionar 18 vehículos del Ayuntamiento. ¿Significa eso que no considera correcto que las trabajadoras tengan que utilizar sus vehículos privados?  En ese caso, ¿cómo no exige a las empresas que proporcionen esos vehículos?

En cuanto al vestuario, igualmente, se prevé un coste casi el doble que el ajustado al convenio. ¿Se está exigiendo a las empresas esos estándares? ¿Por qué no?

 3.- Situación actual

 De 2016 a 2020 da la impresión de que han cambiado las cosas y que esos aumentos de costes, que el Gobierno Municipal consideraba inasumibles en 2016, se los ha aplicado a las nuevas licitaciones para 2021 - 2022. Así, se consideran por ejemplo los 30 min. de descanso diario, el plus de 600 euros al semestre en caso de no superar un número de quejas de usuarios, y otras mejoras.

 En estos documentos de licitación y adjudicación a las empresas para 2021-2022 con posible prórroga para 2023, el Ayto. tiene calculados:

A) Costes directos: gastos de personal (los medios necesarios ajustándose al convenio y estimando un 25% más de horas para 2021 respecto a 2020, y otro 25% más para 2022 respecto a 2021; estimando una subida salarial del 2% para 2021 y otro 2% para 2022[2];  añadiendo plus-es diversos, coste de absentismo y medios técnicos (móviles, batas, grúas, etc.).

B) Costes indirectos (que aumentan de un 3% en 2020 a un 5% en 2021)

C) Beneficio empresarial (que aumenta de un 5% en 2020 a un 6% en 2021)

D) IVA que es un 4%.

Como resultado, el Ayto. ofrece pagar la hora laborable a 20,29 euros y la hora festiva a 25,97 euros.

Con todo ello (pág. 14 del Anexo VIII): " El coste estimado del contrato para un año de ejecución se incrementa en un 69 % medio anual, pasando de 4.741.220,36 € anuales de la última licitación a 8.006.655,86 € de anualidad media (2 años de contrato+1 año de prórroga).

 Estos datos son importantes, pues muestran cómo los incrementos presupuestarios se pueden asumir cuando hay voluntad política. Según los cálculos del Informe de 2016 del equipo de gobierno del Ayuntamiento de Xixón, la remunicipalización hubiera supuesto incrementar el coste del SAD en 1.186.911 euros, un aumento del 35% en esa partida presupuestaria. Y unos años más tarde se asumen incrementos mucho mayores, pero para pagar a las empresas privadas. Una vez asumidas esas mejoras que parecían inasumibles en 2016, quedan invalidados los argumentos esgrimidos en contra de la remunicipalización.

 4.- Conclusión

 Aunque las empresas cumplieran escrupulosamente con el servicio previsto a las personas usuarias, y aunque las condiciones laborales y salariales de las trabajadoras se ajustaran a lo presupuestado, es evidente que con la remunicipalización:

- Se ahorraría de entrada un 10% (4% IVA + 6% beneficio empresarial). 

- En cuanto a los gastos de coordinación  gestión del servicio, la prestación directa por parte de una empresa municipal eliminaría la gestión de los concursos y adjudicaciones, dirección y vigilancia para que las empresas privadas cumplan con el contrato y presten el servicio adecuadamente (lo cual no es nada fácil). Al eliminar la temporalidad y multiplicidad de empresas, que son varias y pueden cambiar cada dos, tres o cuatro años, se aseguraría una prestación del servicio estable y unificada por parte de personas con experiencia; beneficiándose de una economía de escala que reduciría costes y, en definitiva, proporcionaría importantes ganancias en eficiencia y sostenibilidad.

- En cuanto a los medios técnicos, no hay razón para pensar que no lo pueda hacer igualmente una empresa pública municipal que una empresa privada. 

 En resumen, con la remunicipalización se aseguraría un servicio sin ánimo de lucro empresarial (lo que es una gran ventaja para prevenir el ahorro de medios a costa de la calidad del servicio) y se reducirían los gastos generales. Con todo ello, quedaría margen económico para invertir en una mejora del servicio a las personas usuarias y de las condiciones laborales de las trabajadoras.

 Por último, y más importante aún, hay que considerar la centralidad del servicio que nos ocupa. El Servicio de Atención Domiciliaria (SAD), como todos los demás del sistema de atención a la dependencia, responde a un derecho humano fundamental, que es el derecho a la autonomía funcional de todas las personas. Actualmente este derecho está lejos de estar garantizado. La remunicipalización del SAD es un clamor y un proceso en curso en muchos municipios, y estas experiencias deberían servir para terminar con toda la gestión privada de los demás servicios del sistema de atención a la dependencia.

 Todas las personas deberían tener asegurado el derecho a una atención suficiente y de calidad por parte de los servicios públicos, es decir provisto directamente por instituciones públicas y con empleo público. Es indudable que los incrementos presupuestarios que se necesitan para esta atención completa y de calidad son importantes, pero son asumibles, no son mayores que otras partidas presupuestarias menos centrales para el sostenimiento de la vida y proporcionan retornos no solo sociales sino también económicos para las arcas públicas, de tal manera que la inversión se recupera en gran parte.

 

[1] Gracias a Javier Gonzalez, Pedro Casas y Mercedes Sastre por su ayuda. Cualquier error es responsabilidad exclusivamente mía.

[2] Por cierto, la subida de sueldo de las trabajadoras ha sido del 0% en 2021 y del 1,5% en 2022 (que aún no cobraban a finales de 2022). Por tanto, aunque cobren ese 2% de aumento salarial correspondiente a 2022 con efectos retroactivos, ahí tenemos un sobrecoste que la empresa se ha ahorrado durante los dos primeros años y que asciende al 2% del coste de personal en 2021 más el 2,54% en 2022, ya que el aumento del 1,5% para 2022 según convenio se aplica al salario de 2020. La cuestión es si ese dinero lo ha devuelto al Ayuntamiento de Xixón o se lo ha quedado la empresa.